El diagnóstico de un niño con necesidades “extra” de apoyo conlleva para la familia todo un reto en muchos aspectos, empezando por entender qué servicios existen y cómo pueden dar respuesta a su hijo en cada uno de ellos.

Antes de comenzar, si es la primera vez que os acercáis a este tema, un consejo: tomadlo con calma, leedlo despacio y a ratitos. Son muchos términos y no es fácil entender en una lectura todos los recursos, ayudas y profesionales que están disponibles.
En esta entrada nos centraremos en la atención a niños hasta los 6 años en la Comunidad de Madrid. Para los mayores, en etapa de Primaria, sirve igualmente la parte de educación que explicamos, pero varía la atención desde Servicios Sociales.
Empecemos por el principio. Las primeras señales de necesidad de atención pueden ser observadas por la familia, la pediatra, el profesor… En el caso de los menores de 6 años, la valoración de esta necesidad y la derivación a los recursos de atención, corresponde al CRECOVI- Centro Regional de Coordinación y Valoración Infantil. Podéis consultar más sobre este recurso aquí: https://www.comunidad.madrid/centros/centro-regional-coordinacion-valoracion-infantil-crecovi.
Las familias no pueden dirigirse directamente al CRECOVI, ha de ser un profesional del ámbito sanitario, educativo o de servicios sociales quien cumplimente una solicitud de valoración.
Cuando se trata del pediatra, derivará directamente. Cuando es el profesor-a, tendrá que solicitar primero la valoración del Equipo de Atención Temprana (E.A.T.) o Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica (E.O.E.P.) que corresponda según la zona del centro escolar. En el caso de Servicios Sociales, sería un trabajador social de zona, aunque esta vía no es frecuente.

El CRECOVI es un centro que se creó, entre otros, con el objetivo de centralizar todos los trámites que han de hacer las familias para acceder a los recursos que necesitan sus hijos.
Por tanto, para los menores de 6 años, desde este centro la familia puede tramitar:
– solicitud de plaza de atención en un Centro de Atención Temprana o un Centro Base.
– certificado de discapacidad.
– reconocimiento de dependencia.
¿Qué significa cada uno de estos trámites?
Los Centros de Atención Temprana (C.A.T.) y los Centros Base proporcionan “tratamiento” en plazas gratuitas. Tenéis más información de ambos tipos de centros en los siguientes enlaces:
– https://www.comunidad.madrid/servicios/asuntos-sociales/atencion-temprana#centros-atencion-temprana.
– https://www.comunidad.madrid/servicios/asuntos-sociales/atencion-temprana#centros-base.
Los C.A.T. son centros concertados, gestionados por entidades privadas y cuyas plazas subvenciona la Consejería de Políticas Sociales. Con frecuencia son asociaciones de discapacidades específicas (pe, Síndrome de Down, Parálisis Cerebral, etc.), aunque al estar concertados han de atender a cualquier niño con necesidad de atención, de 0 a 6 años.
También existen C.A.T privados, pero el CRECOVI derivará a los que son concertados o a los Centros Base (públicos).
En los (C.A.T.) y los Centros Base existen profesionales que trabajan las distintas áreas de desarrollo del niño. Suelen abarcar las siguientes:
– Logopedia (Lenguaje y comunicación),
– Fisioterapia/Terapia Ocupacional (Motricidad),
– Estimulación (Área Cognitiva: atención, memoria, razonamiento,etc.),
– Psicoterapia (Aspectos emocionales, sociales y familiares)
– Trabajo Social (Orientación a recursos).
Tanto los C.A.T. como los Centros Base dependen de la Consejería de Políticas Sociales. El equipo de profesionales que trabaja en ellos se suele denominar Equipo de Atención Temprana, pero no es lo mismo que el E.A.T. (también Equipo de Atención Temprana) de la Consejería de Educación.
Ya…no lo ponen fácil.
Sigamos con los trámites y después explicaremos qué son los E.A.T. y E.O.E.P de educación.
El segundo procedimiento que puede realizarse para menores de 6 años desde el CRECOVI es el certificado de discapacidad. Este certificado se emite cuando se valora en un 33% o más la dificultad que presenta la persona.
En el caso de que este porcentaje sea menor, el CRECOVI puede emitir un certificado de necesidad de atención, con el que también se puede obtener plaza en los C.A.T. o los Centros Base.
El certificado de discapacidad permite acceder a ciertos recursos de atención, beneficios fiscales, laborales, ayudas en productos sanitarios, etc. En el siguiente enlace se explican estas ayudas: https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/doc/servicios-sociales/2020_documento_orientativo_sobre_los_servicios_prestaciones_y_beneficios_vinculados_al_grado_de_discapacidad.pdf
Por último, desde el CRECOVI se puede tramitar la solicitud de dependencia. Es necesario el certificado anterior para el reconocimiento de la dependencia. El reconocimiento de la situación de dependencia da lugar a una serie de ayudas económicas, cuya cuantía varía en función de qué grado de dependencia presente la persona (existen tres grados).
La familia elige, a lo largo del proceso de solicitud, cómo quiere recibir esta ayuda. Puede también modificarlo con posterioridad, aunque el cambio puede tardar en tramitarse. Existen tres formas de recibir la prestación:
– Prestación Económica Vinculada a Servicio (PEVS) o “cheque servicio”.
– Prestación Económica de Asistencia Personal (PEAP).
– Prestación Económica para Cuidados en el Entorno Familiar (PECEF).
Para cada prestación existen unos mínimos y unos máximos, pero el reconocimiento de la dependencia no se desestima por los ingresos familiares. En el siguiente enlace está disponible más información sobre cómo tramitar el reconocimiento de la dependencia y los tipos de ayudas: https://www.comunidad.madrid/servicios/asuntos-sociales/guia-practica-dependencia.

Vamos ahora con la explicación del área educativa. Existen 3 tipos de gestión en los centros educativos: pueden ser de gestión pública, privada o concertada.
En los centros públicos y concertados, además de los profesores generales, pueden existir profesores “especialistas” que atienden a alumnado con necesidades educativas especiales (n.e.e.): los maestros de Pedagogía Terapéutica (P.T.) y los maestros de Audición y Lenguaje (A.L.). Otros profesionales de los que pueden estar dotados los centros son: Fisioterapeutas, Enfermeros, Auxiliares de Enfermería o Técnicos de Integración Social (T.I.S.).
No todos los centros tienen a todos estos profesionales, su asignación dependerá del número de alumnos con n.e.e. que haya en el centro y de sus características.
En los centros privados, pueden estar o no presentes, dependiendo de la propia gestión del centro.
Cada centro educativo tiene asignado un Equipo de Atención Temprana (E.A.T.) o Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica (E.O.E.P.). Los E.A.T. atienden solo a alumnado que está escolarizado en Educación Infantil, mientras que los E.O.E.P. atienden tanto a Infantil como a Primaria.
Los E.A.T. y E.O.E.P. no están dentro de los colegios. Tienen sus propias sedes y suelen atender a colegios públicos pertenecientes a uno, dos o incluso más distritos. Ambos tienen profesionales con diferentes perfiles. En el caso de los E.A.T. es posible que alguno de ellos acuda semanalmente al colegio donde hay un alumno con n.e.e. para prestar atención directa, cosa que no ocurre con los E.O.E.P.
Para que se proporcione atención especializada a un alumno en un centro escolar, es imprescindible que estos equipos determinen que es necesario, es decir, el niño ha de ser valorado por ellos.
Por último, existen también cuatro E.O.E.P. Específicos (Discapacidad Visual, Discapacidad Auditiva, Discapacidad Motórica, Alteraciones Graves del Desarrollo). Generalmente, los equipos generales realizan una primera valoración y sólo cuando es necesario, se solicita la actuación de los equipos específicos. En el siguiente enlace podéis encontrar más información sobre los Equipos de Orientación: https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/equipos-orientacion-educativa-psicopedagogica.

Espero que con este resumen, podáis empezar a orientaros en el mapa. Existen otros recursos de atención, desde Servicios Sociales, Educación y Sanidad, y queda pendiente una explicación más profunda sobre los tipos de centros educativos, modalidades de escolarización, adaptaciones significativas y no significativas…
Pero por hoy es más que suficiente…
Entornos TEA. Servicio inscrito en el Registro de Centros, Entidades y Servicios de Acción Social de la C.A.M. Nº S7705.

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